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Confirmación obligatoria de Credenciales para elecciones del BPS: vence 15/9

Los trabajadores dependientes, titulares de empresas unipersonales y pasivos deben confirmar su credencial cívica hasta el 15/09/2015 a través del servicio en línea Relevamiento de Credenciales, o por el servicio telefónico sin cargo 0800 3277 para las elecciones de Directores Sociales del 2016.

Las empresas que no son de naturaleza jurídica "unipersonal" tienen plazo hasta el 15/09/2015 para designar un mandatario a través del servicio en línea Ingreso de mandatarios.

Para poder sufragar se deberá exhibir la Credencial Cívica, salvo los extranjeros que no estén inscriptos en el Registro Cívico Nacional, que lo harán con el documento de identidad.


Relevamiento y Verificación de Credenciales Cívicas: el plazo vence el 15 de setiembre.

 

¿Qué se elige?
Se eligen los representantes sociales para integrar el Directorio del BPS que está formado por cuatro miembros designados por el Poder Ejecutivo con venia del Senado y tres Directores sociales electos por los órdenes de afiliados: trabajadores activos, jubilados y pensionistas y empresas contribuyentes (Ley 16.241).

¿Quién vota en cada orden?
En el Orden de los afiliados TRABAJADORES ACTIVOS votarán los trabajadores dependientes públicos o privados (obreros, empleados, trabajadores a domicilio, talleristas, etc.), que sean mayores de 18 años de edad al 30.06.2015 y hayan mantenido su condición de afiliados durante los 12 meses anteriores al 30.06.2015, o en su caso tengan un periodo máximo de no actividad de 3 días (luego del mismo se considera interrumpida la afiliación a los efectos de la confección de los padrones y la persona no estará habilitada para votar).

¿El voto es obligatorio?
Sí, el voto es secreto, obligatorio y personal dentro de cada orden.

Sanciones para los trabajadores que no voten: Las sanciones para los trabajadores por no votar, serán de una multa de igual valor a la aplicada a los omisos en las últimas elecciones nacionales. Si un trabajador no cumple con la obligación del voto, se le aplicará la sanción correspondiente a él en su condición de afiliado activo, y no a su patrón.